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“Disputationes teológica” – Réplica de John Carr a la crítica de Antonio Livi

2 Noviembre 2015/10 Comentarios/en Actualidad/por padre giovanni

DISPUTATIONES TEOLÓGICA – RÉPLICA DE JOHN CARR A LA CRÍTICA DE ANTONIO LIVI

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Ya he dicho en muchas ocasiones que no sabemos lo que el Santo Padre va a decidir y que debemos estar disponibles para mantener la actual ley que algunos su cambio. Les decimos a los conservadores que la ley actual no es intocable y a los innovadores que el dogma no es cambiable. Como es el caso en el misterio de la encarnación, por lo que es en la familia y la moral cristiana: Debemos reducir el eterno en el tiempo, sin eternizzare la tormenta y sin temporalizzare el eterno.

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Autor Giovanni Cavalcoli OP

Autor
Giovanni Cavalcoli OP

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Breviario John Cavalcoli

el académico Pontificio Giovanni Cavalcoli

.Monseñor Antonio Livi ha publicado Web Unión apostólica Fides et Ratio [cf. AQUI] un artículo titulado "En defensa de la verdad católica sobre el matrimonio", en el que me dirige muchas objeciones. El artículo también fue divulgado por la Agencia de noticias Corrispondenza Romana [cf. AQUI] y la revista en línea Riscossa Cristiana [cf. AQUI], y de varios otros sitios y blogs, varios de los cuales se han limitado a informar sólo las críticas que me ha dirigido, Aunque mirando la vuelta mis textos publican con mis respuestas, todos ellos disponibles en’Isla de Patmos, a la que miles de visitantes acceden cada día, y que sugiere que muchos lectores fueron definitivamente leer realmente lo que he escrito.

Se revisa la Quaestiones planteada por Antonio Livi y cada respuesta.

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1. Inmediatamente respondí, argumentando que la consideración pastoral y canónica de los divorciados vueltos a casar como fieles obligados a salir de su "estado de pecado" no puede considerarse contraria al Magisterio y por tanto teológicamente infundada..

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Ya he explicado en otra parte lo que puede entenderse por "estado de pecado". Sin embargo, lo repito.. Si por "estado de pecado" entendemos que los convivientes, bajo la situación sola y simple, en que se encuentran, son permanente y necesariamente, veinticuatro horas al día están destituidos de la gracia de Dios, como si fueran almas malditas del infierno, casi con la pretensión de escudriñar las profundidades de la conciencia que sólo Dios conoce, bien, No cabe duda de que sería un juicio erupción. Si en cambio con el que se entenderá la situación estable, que puede ser independiente de la voluntad de los dos, en que estan tomado fácilmente al pecado, la expresión puede ser aceptable, Aunque puede parecer ambiguo y puede llevar a entender en el primer sentido. Mejor hablar de una "situación peligrosa", o utilizar el término "irregular unión legal" o "ilegal" moral [cf. Doc. los, 1979, en La pastoral del matrimonio de los divorciados y vueltos a casar y vivir en situaciones difíciles o irregulares, AQUI, AQUI].

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2. Según Carlson, "El pecado es un solo acto" que se agota cuando se comete y no da lugar a un "estado" o condición permanente del alma: pero esta es una teoria infundada.

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Nunca dije que el pecado no da lugar a un estado o condición permanente en el alma.. Sostengo todo lo contrario, eso es lo que pretende antonio livi. Simplemente he dicho que el pecado no es debe ser confundido con la situación provocada por el pecado en sí mismo, situación de fallo, que puede ser más o menos duradero. Socios pueden y deben terminar voluntariamente en cualquier momento esta situación interna con arrepentimiento, Mientras que usted puede hacer imposible dejar la convivencia. De hecho, sin embargo, uno de los dos puede arrepentirse y el otro no puede.

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3. Hay una falta de lógica semántica contenida en la definición del pecado como un "acto voluntario"., evitable y puede ganar» (porque lo que debería ser "puede ganar" no voluntario, sino la pasión desordenada que empuja al sujeto a ella).

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La voluntad no siempre y sólo tiene que vencer a la pasión., sino también ella misma en los actos que se agotan en la misma voluntad y no implican una relación con la pasión. Se puede ser malo en sí mismo, sin relación con las pasiones. En tal caso, se debe ganar a sí misma. Por ejemplo, la intención de la herejía, reside exclusivamente en la voluntad. Esta, para volver a la intención de ortodoxa, debe vencer y anular esa intención de la voluntad misma.

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4. Carr cree que puede entonces decir que la normativa contenida, a partir de la uno para que los divorciados y vueltos a casar se excluyen de la comunión eucarística – son sólo una posible aplicación pastoral entre las muchas posibles, lo que es perfectamente plausible – dice – espero que realmente se toman normas completamente diferentes.

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Cristo nos manda a ser nodrizas de su cuerpo. Esta es la ley divina. Pero hay muchas formas de poder o no poder aplicarlo. De hecho, se lo confió a Pedro. [Mt 16, 19] la tarea de regular, determinar o establecer en detalle sobre, como, Cuándo, donde es eso, en qué circunstancias, en qué condiciones y por qué permitir o prohibir el acceso a la Comunión Eucarística a las diversas categorías de fieles. No veo qué tiene de extraño esta práctica., que la iglesia tiene siempre a su discreción el mismo mandato del Señor.

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5. Carr cree que el dogma es perfectamente compatible con una nueva ley bajo la cual, aun cuando negó el perdón sacramental (porque el penitente no pudo manifestar al ministro de la Penitencia su decisión sincera y eficaz de salir del estado de pecado), los fieles pueden acceder a la comunión si Dios lo perdona de lo contrario. Pero, ¿cómo una ley de la Iglesia prevé la realización de este acontecimiento de gracia?? La Iglesia, en cualquier nivel, nunca puede llegar a ser consciente de Cuándo y cómo se puede comprobar la justificación del pecador en el secreto de su conciencia y extrasacramentale. si la iglesia, consciente de sus limitaciones, en la nueva ley propuesta por Cavalcoli, simplemente fiel acompañamiento establecido concienzudamente, en la práctica volvería al derecho canónico tradicional, basado en lo establecido por el Concilio de Trento: para acceder a los fieles comunión debe ser segura en conciencia de no estar en pecado mortal.

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La ley o en la licencia o permiso que puede esperarse para la comunión de divorciados y vueltos a casar en casos especiales, Deje que los fieles a reconocer si está en un estado de gracia necesario para acceder a la comunión. Es obvio que siempre es la obligación del Consejo de Trent, teniendo en cuenta que en realidad se basa en las palabras de Saint Paul. Salvo que en nuestro caso la iglesia permitiría que personas divorciados y vueltos a casar comprobar ellos mismos cada vez, Cómo debe hacer cualquier fiel buen, Si o no el interno condiciones adecuadas recibir la comunión. Por ello, Está claro que la iglesia puede y debe darles incluso la confesión sacramental.

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6. Pero cómo – en la actualidad – un divorciado vuelto a casar para tener la certeza de que Dios le ha concedido en el secreto de su conciencia que el perdón y vuelva a la gracia de Dios la iglesia le negó a la celebración del Sacramento de la penitencia, porque tienen las calificaciones necesarias para demostrar un arrepentimiento genuino?

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Si la Iglesia niega los sacramentos a los divorciados vueltos a casar, No tiene poder en la extrasacramentale de gracia, Dios sólo a los designios misteriosos de su misericordia. No es necesario que la penitencia del confesor de divorciados vueltos a casar ver: sólo que Dios se les manifiesta. Sin embargo, en el caso de que la iglesia otorga becas, también debe conceder la confesión.

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7. Muchos teólogos (con lo que Cavalcoli parece estar de acuerdo) prever lo que llama el documento final del Sínodo, de una manera muy vaga, «acompañamiento y discernimiento». Pero incluso aquí: Qué tipo de discernimiento puede tener un sacerdote extrasacramentale que sirve como consejero espiritual, un párroco o el obispo de la diócesis? Y sobre la base de qué conocimiento de la acción de la gracia en el alma de ese penitente individual y sobre la base de qué instrumentos de discernimiento pueden autorizar a los fieles a acercarse a la Comunión.?

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Es necesario y suficiente que el sacerdote comprueba si el tema se ha arrepentido, Si es correcto, Si desea mejorar, Si sigue sus directrices, si quiere hacer penitencia, si participa en la vida eclesial y civil, Si la atención funciona, familiares y amigos. Entonces se puede proponer un camino espiritual especial, usa los dones Dios le ha dado su servicio y cualidades humanas a otros y la iglesia. Como el obispo, posiblemente puede preparar un manual, aplicar las leyes generales de la Iglesia para estas situaciones, proporciona las directrices y recomendaciones, especialmente para los casos más difíciles, confesores, a los guías espirituales, a los maestros, educadores, a las parroquias, familias, a los institutos de la diócesis sobre cómo comportarse con estas personas, Cómo acomodar su aporte humano y la fe, Cómo ayudarles a corregirlos fraternalmente.

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8. Lo que es absolutamente imposible es precisamente lo que Cavalcoli cree que debemos hacer y es previsible que lo hagamos., es decir, establecer que algunas autoridades locales (Obispo, Pastor, Capellán) me pueden juzgar "desde fuera" que una persona que no es capaz de recibir la absolución sacramental está en "Estado de gracia" (y por lo tanto puede acercarse a la Comunión) por un acto íntimo de arrepentimiento (eso sería ineficaz, eso no es suficiente para obtener la absolución sacramental) y una gracia absolutoria de tipo extrasacramental.

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El confesor tiene autoridad para discernir y juzgar Si el penitente existen o no fondo de comercio, basado en la manera de acusar de pecados y signos de arrepentimiento y la fe en la misericordia de Dios. Y el penitente mismo, iluminado por su fe, después de un apropiado examen de conciencia, basado en el testimonio de la buena conciencia, está capacitado para declarar a alguien sin miedo su inocencia delante de Dios, recuperación, Siguiendo el ejemplo del Apóstol, al juicio divino, que busca corazones. Cómo arrepentirse, Es eficaz, incluso sin absolución sacramental, porque dios provee para perdonarlo. Por lo tanto, se espera que la Iglesia conceda también la confesión sacramental.

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9. El discurso de Cavalcoli no concuerda con la lógica. La ley de la Iglesia sobre el "estado de gracia" para ser admitido a la Comunión apela al discernimiento del propio sujeto al que se le pide que haga un examen de conciencia (posiblemente, con el prudente Consejo de un confesor "en foro interno"), según lo ya establecido por el Concilio de Trento enseña que cuando los fieles deben discernir por sí mismos, en conciencia, Si encuentra o no en pecado mortal. Esto significa que, lógicamente, una exención de la ley moral humana para proporcionar todo tipo de casos concretos en que una persona puede estar segura que usted no está obligado a observar. Por lo tanto, si la nueva práctica pastoral solicitada por algunos padres sinodales (y padre Carr) se configura como una ley que prevé expresamente determinados supuestos de excepción a la regla, entonces se puede hablar de una aplicación diferente de la misma posible criterio teológico de la ley anterior. En conclusión, lo cierto es que con esta propuesta se suprime el consortio Familiaris, ya que su doctrina explícita es sustancialmente contradicha por otra doctrina, aunque implícito. El ir repitiendo, Cómo Carr, que es otra aplicación de la misma doctrina práctica prudencial es una mera retórica.

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Cualquier nueva ley no deben esperar "todo tipo de casos concretos en que una persona puede estar segura que usted no está obligado a observarla". Eso sería realmente imposible. Ni debe "hacer explícita disposición para ciertos tipos de excepción a la regla". La nueva ley, en cambio, podría mantener la actual de exclusión de los sacramentos, sólo dar algunos ejemplos de posibles casos de excepción a la ley, pero en forma puramente indicativa, sitio web no, sin pretender agotar todos los casos posibles, pero dando espacio a la labor de discernimiento cuidadoso del confesor o el obispo. Si una iglesia la ley contradice otra, no hay que alarmarse. Puede indicar 1 mil ejemplos de ello en la historia de la legislación eclesiástica. Basta pensar en la prohibición hecha a las mujeres durante milenios de servir en el altar, prohibición que ha sido superada al permitir que las mujeres proclamen las lecturas de la Misa o distribuyan la Comunión a los fieles. Por lo tanto no escandalizar o hacer un drama, si en este punto el Familiaris consortio será cambiado. Cuántas leyes de reforma aplicadas por el Concilio Vaticano II suprimido o cambiado, ya que son leyes eclesiásticas y no divinas. Ya he discutido la diferencia entre estas dos clases de leyes en los artículos más recientes en’Isla de Patmos [cf. AQUI, AQUI, AQUI], así que no voy volver arriba.

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10. La doctrina de Carr es incorrecta: consiste en atribuir a los conocimientos previos de Magisterio de casos en los que la Divina Gracia, que excepcionalmente la acción de ahorro garantizado por él en la forma ordinaria de la administración de los sacramentos. Pero es esta la forma normal sólo que el magisterio puede saber porque sabe – no para la ciencia humana o revelación privada pero sólo para divulgación pública – que Cristo ha confiado a él para establecer su iglesia. Una nueva ley moral que abolió la indisolubilidad?

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De ningún modo. ¿Qué tiene que ver la indisolubilidad con esto?? no se trata de, Lo repito por enésima vez, de la "ley moral", la cual, como la revelación divina contenida en el, es ley divina para nosotros los cristianos: sino de la ley de la Iglesia, que en última instancia, aunque dictado por la máxima prudencia y descendiente del dogma, sigue siendo una ley humana positiva, cambiar las leyes como todo humanas. "Para atribuir a los conocimientos previos de Magisterio de casos en el que la gracia divina, que excepcionalmente la acción de ahorro garantizados por él en la forma ordinaria por la administración de los sacramentos, conocimiento a priori de los casos en que la gracia divina, que excepcionalmente la acción de ahorro garantizados por él en la forma ordinaria por la administración de los sacramentos"? Esto no es en absoluto en este, como ya he dicho, no se trata de programar la libertad del Espíritu Santo, pero para poner en marcha una prudencia sobrenatural y flexible, así como una caridad ilustrada, digno del corazón de Cristo, que nos ponen en la escucha de las necesidades de las almas y hacer nos sabio discernimiento evaluar la diversidad de casos y situaciones, la ley del Evangelio y la esencia de la vida eterna.

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11. Carr sugiere que las intenciones del Papa son clara y vinculante, en el sentido de querer lo que él propone con tal dialéctica de ardor, es una especificación estándar "" que pone a los obispos el derecho a evaluar "en foro interno" beca oportunidades, caso por caso, acceso a la Comunión para los divorciados vueltos a casar. Teólogo dominico no menciona, pero debe saber que en el debate sobre la familia con motivo del Sínodo muchos propusieron una nueva ley eclesiástica, sobre la base de una nueva doctrina, abolir la Familiaris consortio y con ello el principio de la indisolubilidad del matrimonio.

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He dicho muchas veces que no sabemos lo que el Santo Padre va a decidir y que debemos estar disponibles para mantener la actual ley que algunos su cambio. Les decimos a los conservadores que la ley actual no es intocable y a los innovadores que el dogma no es cambiable. Como es el caso en el misterio de la encarnación, por lo que es en la familia y la moral cristiana: Debemos reducir el eterno en el tiempo, sin eternizzare la tormenta y sin temporalizzare el eterno.

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Varazze, 29 de Octubre del 2015

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https://i0.wp.com/isoladipatmos.com/wp-content/uploads/2014/10/cavalcoli56.jpg?ajuste = 150,150 y SSL = 1 150 150 padre giovanni https://isoladipatmos.com/wp-content/uploads/2022/01/logo724c.png padre giovanni2015-11-02 12:51:292021-04-21 00:02:58“Disputationes teológica” – Réplica de John Carr a la crítica de Antonio Livi
10 comentarios
  1. Redazione dell'Isola di Patmos
    Redacción de la isla de Patmos Dice:
    5 Noviembre 2015 en 14:34

    Estimado Alessio.

    Sin duda, el padre Giovanni Cavalcoli responderá tan pronto como sea posible, pero mientras tanto, nosotros observamos que la respuesta a la pregunta que plantea, Está contenida en los artículos más recientes sueoi, en particular, en el artículo que habla de la consortio Familiarsi.

  2. Giovanni Cavalcoli, OP
    Giovanni Cavalcoli, OP Dice:
    5 Noviembre 2015 en 14:31

    Estimado Alessandro.

    “Las excepciones a la ley”

    La ley es igual para todo el mundo, y quien, ser capaz, Él no quiere observar, y el pecado debe ser castigado. Para ello existe el poder judicial en el Estado y la Iglesia. Aquí juega la justicia.

    Pero hay los que no pueden hacerlo para observarlo, es decir, no tiene la virtud o fuerza suficiente o convincentes razones para poner en práctica o no está en las condiciones subjetivas u objetivas o en situaciones apropiadas para ser capaz de observar. Quién, entonces, Para no pecar contra la piedad, Debemos hacer que la tolerancia intrvenire, equidad, la indulgencia, comprensión, clemencia, compasión, la condescendencia, la misericordia.

    Aquí hay excepciones válidas para el cumplimiento de la ley. Un ejemplo típico de esto es la suspensión de la ley del sábado en algunos casos por Cristo. Esperar demasiado, únicamente, rigurosamente, y sin descanso cumplimiento de la ley por los que lo hacen como a los que no pueden hacerlo, No es en absoluto celo por la Ley, ni es verdadera aplicación del principio de que la ley es igual para todos, no es verdadero amor por las almas y por la rectitud de la moral, pero fariseísmo, Se trata de una dureza y rigidez injustificada de la mente, que pueden rayar en la crueldad.

    La ley – cualquier ley, incluso la ley divina – Obliga cuando uno sabe y es capaz o es capaz de observar. De lo contrario, uno es exentos de esa obligación. Ad impossibilia nemo Accusare.

    La no observancia de la ley es culpable cuando la ley es transgredida consciente y voluntariamente, no cuando se tiene en cuenta de buena fe o se impraticabie razones justas o excepcionales o suficiente disculpa.

    En cuyo caso, Nos estaban exentos o despedidos o excusados ​​dall'osservarla uno es y uno es inocente. Culparse a sí mismos en este caso, y una culpa tontos escrúpulos es abominable crueldad.

    Admitiendo, por tanto, los casos, en el que está exento del cumplimiento de la ley, Esto no significa que necesariamente se desprecian o infringe la universalidad de su obligación, crear privilegiada o dar sentido a las personas o fomentar inteligente o actuar a capricho o impulso emocional.

    El pretexto de caso particular para evadir el fraude de ley y sólo estafa cuando no existen motivos razonables que justifiquen o superior.

    Ser capaz de discernir sin embargo los casos derecha, y decidir en consecuencia, siempre manteniendo un ojo en la ley, es la sabiduría, Justicia y Caridad, y medios, por un lado quieren el bien de la gente y, en el otro, tener un sentido de las circunstancias, Tenga en cuenta la posibilidad de que cada, pedir a cada uno que el compromiso máximo, consistentes a lo que podemos hacer, acogida en todo el crecimiento moral.

    Hay que distinguir siempre entre la propia ley de la posibilidad concreta para observarlo. Las historias de casos y determinó esaminta sabiamente, lo que permite o permite la despensa o la modificación o la mitigación de la ley, propia ley obligatoria para todos, no es un herida la ley allla, No se abre un agujero en la universalidad y obligatoriedad de la ley, sino que se refiere a las condiciones particulares de ciertos agentes de personas incapaces o incapacitadas por motivos graves para cumplir en su totalidad o en parte, la redacción de la ley.

    La ley no se confirmó en un caso donde no se puede observarlo. La dispensa concedida por la ley en algunos casos no discute el contenido o el valor de la ley, que permanece sin cambios, pero se refiere sólo a la posibilidad o imposibilidad objetiva e insuperable, debidamente cernida y verificado, observar que por el objeto de la ley.

    Con respecto a, por ejemplo, la cuestión de los sacramentos a divorciados vueltos a casar, una cosa es la situación de las parejas que son capaces de ser capaz de dejar de vivir juntos y una cosa es la situación de aquellos que no pueden o no pueden o se les impide objetivamente de hacerlo.

    Y’ claro, pues, que en el campo, por ejemplo, templanza sexual, No se puede ser requerido por las últimas parejas la virtud de que en lugar debe practicar aquellos pares que pueden interrumpir la coexistencia.

    La ley, en general, es una práctica racional y beneficioso, en realidad, el objetivo de obtener un resultado determinado, se ajusta a la esencia y las necesidades de la realidad dada.

    Hay leyes absolutas, para siempre, indispensable, inmutable, necesario, universal, que se aplican siempre y en todo, en todos los casos y en todas las circunstancias, sin admitir ninguna excepción, suspensión o excepción. Son las leyes divinas, la ley moral natural, las leyes de la física, lógico y matemático.

    Pero las leyes humanas, civil y eclesiástica, derecho civil y derecho canónico, que tiene la tarea de determinar y aplicar dependiendo de las circunstancias, de las contingencias y situaciones contingentes o locales, los dictados de la ley moral y la naturaleza divina, que son especiales, local, cambiable, falible, contingente, convencional, discrecional, prudencial (en la Iglesia son llamados “pastoral”) y admitir despensa, No obstante lo dispuesto, mitigación, suspensión o excepción.

    La norma actual de la exclusión de los sacramentos de los divorciados y vueltos a casar, aunque, sin duda, se basa en la ley divina, tiene con ella una unión absoluta y necesaria, como algunos creen, pero sólo es asequible, y luego cuota; para lo cual puede ser una ley de este tipo, en principio, cambiado o ampliado o restringido o suspendido o se omite por las autoridades competentes, en este caso el Papa, sin ofensa a la ley divina.

    La autoridad que expide la ley, Tiene el poder de cambiar la ley y para establecer los casos genéricos, en el que se puede hacer una excepción a la ley. En lugar, líder espiritual moral o local puede, a su discreción y cautela, identificar casos concretos, donde se puede suspender la aplicación de la ley.

    Este tipo de ley pertenece a la segunda clase de leyes por encima de, leyes humanas positivas, civil o eclesial, para los que puede haber circunstancias, en el que el sujeto prudentemente puede estar exento del cumplimiento de la ley, en nombre de la ley suporiore, esto absolutamente esencial, de la misericordia y la caridad.

  3. alessio Dice:
    5 Noviembre 2015 en 11:03

    Querido Padre Carr,

    Mientras tanto, gracias por las ideas interesantes que nos dan, en otros artículos.
    Corrígeme si me equivoco, pero el punto de contención con Bishop. Livi parece ser el segundo en la lista. En este punto, de hecho, No es la implicación de que no podía acercarse a la Eucaristía para los divorciados vueltos a casar no es ley divina, pero tanto la disciplina eclesiástica.

    En la empresa familiar n.84 Legge Pero si:
    “La Iglesia, sin embargo, Se reitera sus prácticas, fundada en la Sagrada Escritura, de no admitir a la comunión eucarística divorciados vueltos a casar. ” En siguiente es la razón por la exclusión objetivo.
    Entonces la Iglesia (Magisterio), Se reitera la práctica (Tradición), basada en la Escritura (Revelación). Ahora, la presencia de estos tres elementos no es exactamente índice objetivo de la ley divina?
    Tanto es así que después de, en el mismo párrafo, a este principio ne otra se aborda, eso viene, esto si, presentado explícitamente como pastoral: es decir, el hecho de que se podía generar confusión entre los fieles.
    No puedo entender cómo se puede conseguir alrededor de esta declaración.

  4. mañana Dice:
    4 Noviembre 2015 en 20:21

    Tal vez detrás de la pregunta planteada por Alexander hay otro tema: A veces se nos olvida que la Iglesia querida por Cristo detrás de los que hay "pastores" "pastorales", y sin los pastores del ministerio no se puede aplicar. Las normas pastorales y la doctrina no está solo conducen al cristiano a la santidad: la ayuda es necesario que el Señor quería dar a la Iglesia, el principal de ellos el Espíritu Santo, cuya acción puede tener lugar (y se lleva a cabo) incluso fuera de los límites visibles de la Iglesia. Los cristianos que quieren diluir el Evangelio son siempre. Como las orientaciones pastorales pueden ser perfectos, si hay honestidad y la buena voluntad de las personas afectadas son inútiles. Un cristiano que, por diferentes razones, Él decide lo falso Apocalipsis llama de su conciencia, Es un tonto y, si no se convierten en el tiempo, consigue lo es la recompensa reservada para los tontos; También la insatisfacción con el estilo de vida incorrecto no tarda en manifestarse. La tarea de los verdaderos creyentes es llevar, con sus vidas y con actos individuales, la luz de la fe, y humildemente pedirle a Dios humildemente, la sabiduría y el discernimiento.

  5. Alejandro Mesina Dice:
    4 Noviembre 2015 en 17:02

    Ciertamente, el padre John, ciertamente.
    Ahora entiendo mejor su posición. Y también estoy de acuerdo con el padre de Ariel que el respeto de la ley moral no puede ser comparado Autovelox (bella imagen!) según criterios legalistas spersonalizzano la humanidad de las personas. Pero ahora me hago esta pregunta:No creen también que la solución pastoral de “caso por caso” , terminaría en el tiempo para bajar (progresivamente)el nivel de alerta: tal como para inducir “conductores” para dar forma a la ley sobre la base de las experiencias de uno? Y tal vez incluso sus caprichos? En sustancia,si la ley (aplicación práctica del dogma), en vez de ser el mismo para todos, Nos adaptamos a las necesidades de cada, lo de la universalidad de la ley? Y, sobre todo, todavía puede decirse ley? Esa percepción sería dell'imutabilità del dogma, si la entrada en vigor de la pastoral anterior?Gracias por tu atención.

    Alexander.

  6. Giovanni Cavalcoli, OP
    Giovanni Cavalcoli, OP Dice:
    4 Noviembre 2015 en 15:40

    Siempre sea alabado!

    Estimado Riccardo.

    Dice Jesucristo: “¿Por qué no juzgar con la cabeza lo que es correcto?”. Dios ha dado a cada uno de nosotros una razón y una conciencia, con la cual, ilustrado y educado por el Magisterio de la Iglesia, podemos encontrar en una disputa teológica, quién tiene la razón.

    Por lo tanto, no desmayar, hacer que el cerebro, explotando sus nociones de la fe, tener confianza en la fuerza de su inteligencia, pedir a la luz del Espíritu Santo, comparar y sopesar con calma y prudencia opinioini y aceptar el que parece ser cierto.

  7. Giovanni Cavalcoli, OP
    Giovanni Cavalcoli, OP Dice:
    4 Noviembre 2015 en 13:07

    Estimado Alessandro.

    Mi discurso es muy simple, lógico y claro. El expongo en 4 puntos, cambiando un poco’ las palabras, con la esperanza de ser comprendido:

    1. Las leyes de Dios son inmutables; las de la Iglesia están cambiando;

    2. las falsificaciones “tradicionalistas” haría que la ley inmutable actual de la Iglesia en el divorciados vueltos a casar, invocando el valor inmutable de la ley divina.

    3. Los modernistas les gustaría cambiar la ley de la Iglesia sobre la base de su concepción historicista de la evolución de la ley divina.

    4. Los católicos admiten la mutabilidad de la ley de la Iglesia y respetar la santidad de la ley divina, No puede cambiar.

  8. Ariel S. Levi di Gualdo
    Ariel S. Levi di Gualdo Dice:
    4 Noviembre 2015 en 12:21

    Estimado Alessandro.

    Independientemente de la respuesta que le dará a su padre John a la que se dirige su comentario, Quiero aprovechar esta oportunidad para dejar que su mente que a una pregunta como esta que he dicho lo mismo de otro jugador; a continuación, la respuesta informó en mi último artículo:

    https://isoladipatmos.com/stage/sui-divorziati-risposati-il-potere-conferito-da-cristo-a-pietro-di-legare-e-di-sciogliere/

  9. Alejandro Mesina Dice:
    3 Noviembre 2015 en 9:54

    Estimado padre John,acerca de la frase “Les decimos a los conservadores que la ley actual no es intocable y a los innovadores que el dogma no es cambiable” Recuerda un poco’ sofisma de que agradable que mi hermano utiliza ocasionalmente para sacar una sonrisa, Allor cuando – en respuesta a la pregunta de si el trabajo lo más pronto ya que era fácil – contesto:.. pues sí,… fácil, pero no es dificil! “.. Y repitió ” pero ¿qué se refiere ” fácil, pero no dificil!!! “.. O ¿es fácil o difícil es!.. Y de la risa… ¿Usted entiende?..

    Porqué entonces, de acuerdo con un razonamiento similar a su sentencia, Sería el equivalente a decir :decimos a los conservadores” que la ley sobre la luz roja no es intocable. (pero, ¿cómo? ¿Qué demonios me enseñó a continuación, las reglas de la carretera?! Y si me encontraba cerca de una intersección que se pasó una luz roja, hago ? Me paro o no paro? Esta permitido o esta prohibido? ).. y los innovadores que a pesar de todo el rojo(.. el dogma) Congresista de color permanece en el parque.

    Así me retracto – según la lógica que debería parar en un semáforo en rojo!

    Dado – sí sí, en teoría,, pero luego en la práctica, dí.. Tenemos que ver si ir…

  10. Riccardo Dice:
    2 Noviembre 2015 en 17:46

    Padre Cavalcoli, si me preguntaras: "¿Cómo es hijo?"Me gustaría responder a la: "Discretamente mal, gracias ". Acabo de leer su contra-respuesta a Bishop. Livi después de leer la respuesta de los de Fides et Ratio.
    Allí ya no raccapezzo: ella tiene que estar bien en su manera de ser mal o Mons. Livi a estar mal en su forma de ser correcta? Alabado sea Jesucristo.

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«Dios reveló los secretos de los demás ALTIUS»

(en más alto que los demás, Juan ha trasmitido a la Iglesia, los misterios arcanos de Dios)

El bisel utilizado como portada de nuestra página de inicio es un fresco del siglo XVI de Correggio. conservada en la iglesia de San Juan Evangelista en Parma

creador del sitio web de esta revista:

Manuela Luzzardi

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