«Danos hoy nuestro teatro diario». Alessandro Minutella recuerda que es "dos veces teólogo" y "dos veces graduado", luego anuncia que ha confesado. Pregunta: quien lo ha absuelto válidamente?
«DANOS NUESTRO TEATRO DIARIO HOY». ALESSANDRO MINUTELLA RECUERDA HABER SIDO «DOS VECES TEÓLOGO Y DOS VECES GRADUADO», LUEGO ANUNCIA QUE HA CONFESADO. PEDIDO: QUIEN LO HA ABUELTO VÁLIDAMENTE?
Minutella no puede ser absuelto ni recibir ninguna absolución válida a menos que se haya retractado de sus herejías.. Y, considerando que los crímenes cometidos están reservados a la Sede Apostólica, el que lo absuelva sin su previa retractación pública, o al menos delante de dos testigos en caso de peligro de muerte, él a su vez incurriría en excomunión.
– Teología y derecho canónico –
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En los últimos días acabó bajo el fuego de Alessandro Minutella, un sacerdote de Palermo excomulgada luego resignado del estado clerical - el discípulo del Siervo de Dios Padre Divo Barsotti, el padre Serafino Tognetti, "culpable" de haber cumplido con su deber sacerdotal al disuadir a algunas personas que lo interrogaban de seguir este tema por el camino del grave error. Como siempre pasa en estos casos vuelve a tomar el mando con su viejo mantra.:
«Recuerdo a nuestro hermano Padre Tognetti que Don Minutella es dos veces teólogo, Tengo dos títulos en teología. …».
es hora de aclarar - evidentemente sin entrar en los méritos del fuero sacramental interno y extrasacramental - algunos puntos fundamentales para aquellas personas sencillas que no están familiarizadas con determinadas dinámicas eclesiásticas:
a) nuestro, aunque se proclama un teólogo dogmático, no es tan, nunca habiendo logrado “graduaciones” en teología en la facultad de teología pero en espiritualidad en el Instituto de Espiritualidad de la Pontificia Universidad Gregoriana;
B) entre uno “grado” en teología (Facultad de Teología) y uno en espiritualidad (Instituto de Espiritualidad) existe la diferencia entre una licenciatura en medicina y una en enfermería.
Sobre todo, Siempre es apropiado y correcto aclarar a los no expertos que ela “Licenciatura en teología” realmente no existe como título en las universidades eclesiásticas y que nuestros títulos académicos son los siguientes:
1) bachillerato canónico en teología, lanzado más tarde 5 años, cualificación básica equivalente para el Estado a una diploma universitario primer nivel o llamado “título corto de tres años”;
2) licencia de especialista, lanzado más tarde 2 o 3 años, un título que, sumado al bachillerato teológico, equivale para el Estado a un diploma de maestría;
3) Doctor, puesto en libertad después de un mínimo de dos años, con el que se confiere el título de médico, equivalente para el Estado a un doctorado, pero no siempre, a veces se reconoce como equivalente a una maestría de posgrado; el doctorado en teología se reconoce como equivalente al doctorado, en derecho canónico, en las ciencias bíblicas, en filosofia, en Historia … sin embargo, no todas esas otras nuevas ramas consideradas "preparatorias" o "marginales", entre estas espiritualidad.
Una vez aclarado todo Es bueno recordar que, cuando lo demuestran los hechos, los dos títulos tan cacareados, que son inexistentes según los títulos y calificaciones otorgados por las universidades y universidades eclesiásticas, fueron utilizados por nosotros para obtener estos resultados extraordinarios.:
a) incurrir en excomunión latae sententiae - automática por cisma (lata. 1364 – § 1);
B) incurrir en latae sententiae - automática bajo excomunión por herejía (cc. 1364-1365);
(c)) incurrir en previstas penas en destitución del estado clerical con decreto emitido personalmente por el Romano Pontífice, porque sólo él puede infligir este castigo extremo impuesto sólo en casos muy raros y muy graves.
En la columna “Santos y Café” de 4 De julio, Señor Soy-dos-veces-teólogo (nombre) Tengo-dos-licencias-en-teología (apellido) el anunció Urbi et Orbi haber confesado (!?).
Pregunta completamente legítima: quien lo hubiera absuelto, tal vez algunos de sus compañeros de desgracia también se vieron afectados por las disposiciones canónicas que prohíben estrictamente al pequeño grupo de sacerdotes que le siguen celebrar la Santa Misa., predicar y administrar confesiones? A estas alturas conocemos bien su técnica de comunicación.: lanzar una declaración sorprendente entre las demás, haciéndolo parecer absolutamente natural a los ojos de quienes lo siguen.
Sin — como se escribió anteriormente — entrar en el campo del fuero interno sacramental y extrasacramental, así como en el contexto de la labor del sacerdote que ha recibido su confesión sacramental, es necesario intervenir en algunas cuestiones que el propio Minutella ha planteado y está dando amplia publicidad.
Desde hace algunos años Señor, soy dos veces teólogo (nombre) Tengo-dos-licencias-en-teología (apellido), cita obsesivamente cánones del Código de Derecho Canónico, haciéndoles decir lo que en ellos no está escrito, extrapolarlos y descontextualizarlos de todo el sistema jurídico eclesiástico, como en el caso de lata 332 § 2, a quien pronto dedicaré un artículo sobre el tema de regalo él nació en ministerio Romano Pontífice.
Leyes canónicas muy claras y precisas., en particular, la lata. 1331 § 1 del C.I.C.. del 1983 que prohíbe la excomulgada:
1º celebrar el Sacrificio de la Eucaristía y los demás sacramentos;
2º recibir los sacramentos;
3º administrar los sacramentales y celebrar otras ceremonias de culto litúrgico;
4º tener alguna participación activa en las celebraciones enumeradas anteriormente;
5º ejercer oficios o tareas o ministerios o funciones eclesiásticas;
6º para realizar acciones de gobierno.
§ 2. Si la excomulga previstas penas fue infligido o que latae sententiae - automática fue declarado, El ofensor:
1º si desea actuar en contra de lo dispuesto en el § 1, NN. 1-4, debe ser removido o la acción litúrgica debe ser interrumpida, a menos que exista una causa grave en contrario;
2º invalida actos gubernamentales, que de conformidad con el § 1, n. 6, son ilegales;
3º tiene prohibido hacer uso de los privilegios que le fueron concedidos anteriormente;
4º no adquiere salarios mantenidos a título puramente eclesiástico;
5º es incapaz de ejercer un cargo, asignaciones, ministerio, funciones, derechos, privilegios y títulos honoríficos.
A una persona excomulgada que no ha hecho las paces de sus crímenes contra la Iglesia y el depósito de la fe le está prohibido recibir los Sacramentos y si es obispo o presbítero le está prohibido administrarlos. Como en realidad el hereje cismático provocó un escándalo público, del mismo modo, en el caso deseable desea arrepentirse y recibir la remisión de un pecado cuya absolución está en sí reservada a la Sede Apostólica (cf.. lata. 1354 §2; Arte. 52 de la Constitución Apostólica buen pastors), igualmente tendrá que abjurar públicamente de sus errores. Solo se, por motivos reales de vida o muerte no fue posible hacer declaraciones públicas, en ese caso el confesor está autorizado a absolver también de los delitos reservados a la Sede Apostólica; sin embargo, tendrá que llamar a dos testigos y hacer que el hereje se retracte ante ellos., apóstata y cismático antes de concederle la absolución en artículo muerto.
De acuerdo con las leyes canónicas, Señor, soy dos veces teólogo (nombre) Tengo-dos-licencias-en-teología (apellido) Por lo tanto, no puede ser absuelto ni recibir ninguna absolución válida a menos que se haya retractado de sus herejías.. Y, considerando que los crímenes cometidos están reservados a la Sede Apostólica, el que lo absuelva sin su previa retractación pública, o al menos delante de dos testigos en caso de peligro real para la vida, él a su vez incurriría en excomunión latae sententiae - automática (cf.. lata 969; lata. 1378 §2 sustantivo. 2).
Esto es lo que establecen las leyes canónicas, a diferencia de los personales de Señor, soy dos veces teólogo (nombre) Tengo-dos-licencias-en-teología (apellido) y sus compañeros de desgracia, incluidos los inventores de los códigos anfibológicos.
Velletri de Roma, 4 De julio 2024
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